Reclama tu indemnización

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Atención al accidentado

      Quienes pueden reclamar

 

El trabajador afectado o los familiares y/o personas que convivan con él o dependan económicamente del accidentado.










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Indemnización accidente laboral

 Ø  Consejos en el supuesto de que haya ocurrido un accidente de trabajo:

 

o   La asistencia al accidentado es fundamental, ello puede evitar secuelas que pudieran ser irreparables.

o   Acuda con rapidez, si es necesario, a un Centro Sanitario.

o   Pida copia del informe de urgencias y de todas las pruebas que le realicen, así como de los resultados de la rehabilitación  si ha sido necesaria.

o   Recopile facturas y gastos.

o   Si puede, fotografíe el lugar o la máquina que ha provocado el accidente.

o   Ponga en conocimiento de la empresa la baja médica (plazo de tres días).

o   Infórmese de quienes son los testigos presenciales del siniestro.

o   Interponga una denuncia en Inspección de Trabajo.

o   No firme ningún documento de renuncia de sus derechos, ni con la empresa ni con la Mutua Aseguradora, sin haber sido asesorado debidamente.

 

Ø  Quienes pueden reclamar

 

El trabajador afectado o los familiares y/o personas que convivan con él o dependan económicamente del accidentado.

 

 

Ø  Qué reclamar

 

o   En el caso de que el empresario no tuviese culpa se podría reclamar prestaciones de la Seguridad Social (incapacidad temporal o permanente) y también mejoras voluntarias establecidas por el empresario a través de Convenio Colectivo.

 

o   En caso de culpabilidad del empresario, por existir faltas de medidas de seguridad o salud, se pueden reclamar: las prestaciones a la Seguridad Social y las mejoras voluntarias antes mencionadas, así como el recargo de prestaciones de la S.S. dependiendo de la gravedad de la actuación empresarial, que oscila entre un 30% a un 50% y se puede solicitar una indemnización por responsabilidad civil contra la empresa o sus seguros por incapacidad permanente o fallecimiento pactadas en convenio colectivo.

Casos ganados
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